
En función de lo publicado en el día de la fecha en el Boletín Oficial de la República Argentina (Res. 56-E/2018), donde se informa que la Superintendencia de Servicios de Salud otorgó la baja de su Registro Especial de Obras Sociales Universitarias a la OSUNL, entre otras, nos vemos en la necesidad de comunicar lo siguiente:
– Que las Obras Sociales que se han dado de baja del registro son la totalidad de las que conforman dicho registro.
– Que la inscripción al Registro Especial de Obras Sociales Universitarias tuvo por único objeto someterse al régimen de unificación de aportes previsto en el art. 8 de la Ley 24.741, reglamentada por el art. 5 del Dec. 335/2000 del Ministerio de Salud.
– Que este sistema de unificación, vale remarcar, jamás resultó operativo por cuestiones solo imputables a la autoridad administrativa y no a las Obras Sociales Universitarias.
– Que la falta de entrega de cualquier documentación aludida en la Res. de referencia no obedece a falta alguna de la Obra Social sino a la obsolescencia del citado registro, el cual remarcamos nunca tuvo efectos operativos por razones ajenas a las Obras Sociales.
Por lo expuesto, la baja del Registro Especial de Obras Sociales Universitarias es una cuestión formal que no implica cambio alguno en el habitual desarrollo de las actividades de esta Obra Social ni implicará cambios en el futuro, ya que dicho Registro nunca tuvo funcionamiento. Queremos llevar tranquilidad a los afiliados de la OSUNL y comunicarles que las prestaciones continúan y continuarán brindándose con total regularidad.
Obra Social de la Universidad Nacional del Litoral – OSUNL